jueves, 19 de septiembre de 2013

Errebularidades

Madre mía… comenzando a leer la noticia (que ya ayer por la tarde podíamos leer en elpais 20130918 1379510284_429432 y en naiz tribunal-de-cuentas-detecta-irregularidades-en-la-actuacion-del-ayuntamiento-de-eibar-en-la-operacion-de-errebal ) me estaba planteando escribir algo como que tal vez quedaría cierto margen para los interesados para alegar en caso de que así lo estimaran oportuno, visto que existen discrepancias en cuanto a la interpretación de la Ley por parte de 2 de los 7 miembros del tribunal. Claro que, eso ha sido hasta encontrarme con el párrafo ese que dice que Toyos hizo ver que las opiniones del tribunal tienen una dirección dependiente de la afiliación de sus componentes ( 5 del PNV y PP, y 2 elegidos por el PSE-EE), con lo que ya directamente la cosa se nos termina de ir de las manos vista la total falta de independencia entre los poderes ejecutivo y judicial (y con toda probabilidad, el legislativo también). Apostaría a que los discrepantes del tribunal coinciden con la discrepancia municipal. Bien, tal vez sea que no acabo de comprender el ser de este tribunal, el caso es que incluso ellos señalan irregularidades en el antiguo proceso de Errebal:
Como dice la sentencia, la enajenación no sería la figura idónea para el intercambio del solar porque supone vender suelo público a pesar de que, aparentemente, determinados usos que se le pretendían dar al terreno iban a seguir siendo públicos, como el de aparcamiento y el de mercado de abastos, o, al menos el último de los dos, ya que el tema del aparcamiento también fue replanteado a modo de concesión en el segundo plan ya de vuelta a manos municipales ( 20120320 errebal-sera-cedido-anos )… de modo que, ¡vaya usted a saber! Aquella noticia sigue teniendo interés investigador por varios motivos: uno, lo sorprendente de la duración de la concesión (de 99 años, decidido por un gobierno municipal para presumiblemente 4… a mí se me hace raro, no sé); otro, el hecho de que en este segundo momento el plan de los gobernantes fuese que tanto el centro comercial (que seguían sosteniendo) como el aparcamiento, debían ir de la mano en una única concesión (a una misma entidad), para lo cuál supongo que habrá motivos de oportunidad, pero ¿irreemplazables?.
Después, habiéndolo hecho así en el proceso de la enajenación, ya otros fallos vienen encadenados (como el carácter en la práctica del contrato), lo que, ayudados por la crisis, y también por la inviabilidad del proyecto determinada post-adjudicación (¡vaya!) resultaron en este gran embrollo judicial. El que el ayuntamiento acudiera al rescate de la adjudicataria tras su caída, creo, tampoco habrá ayudado demasiado a arreglar el asunto. En fin, que el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número uno de Eibar tiene un largo y complicado trabajo de investigación por delante. Me pregunto si, visto que a partir de ahora cada uno tendrá que cuidar por mantener su propio trasero fuera de banquillos indeseables, las declaraciones de técnicos y resto de imputados coincidirán al señalar los entresijos del proceso.


Para una información más completa, véanse el informe oficial del Tribunal Vasco de Cuentas Públicas:
http://txostenak.es/pdf/1159errebal_ayto_eibar_prt.pdf
y su nota de prensa: http://txostenak.es/pdf/np%20Errebal%20Ayto%20de%20Eibar.pdf

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